RD.- El Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, en su calidad de rector de la cooperación internacional no reembolsable, aprobó la Resolución 17-2022, que establece el procedimiento operativo que deben cumplir las instituciones públicas ejecutoras o beneficiarias de recursos de cooperación internacional para el registro y la obtención de la No Objeción de parte del MEPyD, para la ejecución de iniciativas financiadas con recursos de Cooperación Internacional No Reembolsable.
La Resolución, firmada por el ministro de Economía, Pável Isa Contreras, establece la obligatoriedad del registro de toda iniciativa financiada total o parcialmente con recursos de la cooperación SINACID, y además establece los criterios para determinar si atendiendo a la magnitud y características de la iniciativa esta requerirá o no de una carta de No Objeción SINACID o un código SNIP para poder ser ejecutada.
Con la aplicación de esta resolución el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, como ente rector de la cooperación no reembolsable, asume una garantía ante la ciudadanía y los socios cooperantes que todas las iniciativas de cooperación internacional serán evaluadas conforme a los más altos estándares de calidad a fin de garantizar la sostenibilidad técnica y financiera, la alineación a las prioridades del gobierno y la efectiva contribución de estas a mejorar la calidad de vida de la gente y sus territorios.